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Boletín ADAD | Octubre 2021

Actualizado: 8 oct 2021

El boletín mensual de la Asociación de Derecho Administrativo de Chile (ADAD) tiene por objeto difundir las novedades más relevantes del Derecho Administrativo chileno consistentes en sentencias, dictámenes, libros o artículos recientes, eventos y convocatorias.


Este número contiene una recopilación de normativa y jurisprudencia emitida durante el mes de septiembre, como también de comentarios y publicaciones correspondientes al mismo periodo.


El presente número fue confeccionado por Vicente Bustos Sánchez, Juan Ignacio Johnson Narváez, Catalina Rojas Quidequeo y Javiera Rodríguez Alegría.


Puede enviarnos novedades para ser difundidas a través de nuestro boletín y redes sociales al correo electrónico directivaadad@gmail.com.


Para recibir los boletines en tu correo, te invitamos a llenar el siguiente formulario.


Normativa destacada

  • Ley N° 21.369 (publicada el 15 de septiembre), que regula el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género en el ámbito de la educación superior.


  • Ley Nº 21.371 (publicada el 29 de septiembre), que establece medidas especiales en caso de muerte gestacional o perinatal.


  • Ley Nº 21.373 (publicada el 29 de septiembre), que suspende la realización de la evaluación docente, por el año 2021, debido a la pandemia mundial de Covid-19.


  • Ley Nº 21.379 (publicada el 30 de septiembre), que modifica y complementa la Ley Nº 21.226 para reactivar y dar continuidad al sistema de justicia.


  • Decretos N° 221 y N° 245, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública (publicados el 1 y el 30 de septiembre, respectivamente), que modifican el Decreto Supremo N° 102 de 2020 del mismo Ministerio, que dispone el cierre temporal de lugares habilitados para el ingreso y egreso de extranjeros, por emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV), y extienden su vigencia.


  • Decretos N° 38 y N° 39, del Ministerio de Salud (publicados el 23 y el 30 de septiembre, respectivamente), que prorrogan vigencia del Decreto N° 4 de 2020, del mismo Ministerio, que decreta alerta sanitaria por el período que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII), por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV).


  • Decreto N° 13, del Ministerio de Medio Ambiente (publicado el 29 de septiembre), que declara santuario de la naturaleza Humedal costero de Totoral.


  • Decreto N° 10, del Ministerio de Desarrollo Social y Familia (publicado el 28 de septiembre), que aprueba reglamento que regula la administración de cierre y la administración provisional de los colaboradores acreditados por el Servicio Nacional de Protección especializada a la niñez y adolescencia.


  • Decreto N° 30, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social (publicado el 28 de septiembre), que modifica el reglamento del DFL N° 150 de 1981, del mismo Ministerio, sobre prestaciones familiares para la ejecución de la Ley N° 21.337, que establece la calidad recíproca de carga familiar entre ambos cónyuges para efectos de las prestaciones que indica.


  • Decreto N° 25, del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación (publicado el 24 de septiembre), que aprueba el reglamento de ejecución presupuestaria del programa Explora de la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación.


  • Decreto N° 232, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública (publicado el 23 de septiembre), que modifica el Decreto Supremo N° 132 de 2007, del mismo Ministerio, que aprueba procedimiento de operación y distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional.


  • Decreto N° 6, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo (publicado el 23 de septiembre), que aprueba reglamento de comercio electrónico.


  • Decreto N° 24, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio (publicado el 21 de septiembre), que declara monumento nacional en la categoría de monumento histórico, el Puente Ñipas, comunas de Ránquil y Portezuelo, provincia de Itata, región de Ñuble.


  • Decreto N° 32, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que modifica el reglamento de subastas electrónicas y mixtas de la Dirección General del Crédito Prendario.


  • Decreto N° 12, del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación (publicado el 20 de septiembre), que aprueba política nacional de igualdad de género en ciencia, tecnología, conocimiento e innovación.


  • Decreto N° 48, del Ministerio de Relaciones Exteriores (publicado el 16 de septiembre), que promulga el Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930, y su protocolo de 2014, ambos de la OIT.


  • Decreto N° 40, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social (publicado el 15 de septiembre), que modifica el Decreto N° 28 de 2011, que establece componentes, líneas de acción, procedimientos, modalidades y mecanismos de control del programa de formación en el puesto de trabajo.


  • Decreto N° 131, del Ministerio de Obras Públicas (publicado el 15 de septiembre), que modifica el Decreto Supremo N° 50, del 13 de enero de 2015, del mismo Ministerio, que aprueba reglamento a que se refiere el artículo 295 inciso 2° del Código de Aguas, estableciendo las condiciones técnicas que deberán cumplirse en el proyecto, construcción y operación de las obras hidráulicas identificadas en el artículo 294 del referido texto legal.


  • Decreto Nº 1.000, del Ministerio de Hacienda (publicado el 15 de septiembre), que modifica decreto supremo N° 963 de 2017, del mismo Ministerio, que aprueba reglamento especial de calificaciones del personal de la Dirección de Compras y Contratación Pública.


  • Decreto Nº 9, del Ministerio de Desarrollo Social y Familia (publicado el 15 de septiembre), que aprueba reglamento para la ejecución de la asignación “clase media protegida”, establecida en la partida 21, capítulo 1, programa 1, subtítulo 24, ítem 3, asignación 996, glosa N° 18 de la Ley N° 21.289 de presupuestos del sector público correspondiente al año 2021.


  • Decreto Nº 12, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (publicado el 14 de septiembre), que modifica diversos cuerpos normativos, en materia de estudios de impacto sobre el sistema de transporte urbano y transición hacia el nuevo sistema de evaluación de impacto en la movilidad.


  • Decreto Nº 41, del Ministerio de Relaciones Exteriores (publicado el 10 de septiembre), que aprueba el reglamento que determina la organización interna de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores y las denominaciones y funciones que corresponden a cada una de las unidades.


  • Decreto N° 10, del Ministerio del Medio Ambiente (publicado el 6 de septiembre), que declara Santuario de la Naturaleza Piedra del Viento y Topocalma.


  • Decreto N° 37, del Ministerio del Medio Ambiente (publicado el 6 de septiembre), que declara Santuario de la Naturaleza Parque Katalapi.


  • Decreto N° 49, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo (publicado el 4 de septiembre), que deroga Decreto N° 127 del mismo Ministerio, que aprueba creación del “sello pro pyme” y su reglamento.


  • Decreto N° 1260, del Ministerio de Hacienda (publicado el 3 de septiembre), que crea comisión para la recuperación de empleos.


  • Decreto N° 10, del Ministerio de Agricultura (publicado el 1 de septiembre), que crea la Comisión Asesora Ministerial de Abastecimiento Seguro de Alimentos.


  • Decreto N° 5, del Ministerio de Salud (publicado el 1 de septiembre), que aprueba el reglamento sobre concurso interno para la contratación indefinida del artículo único de la Ley N° 21.308, que concedió beneficios al personal de la Atención Primaria de Salud.


Jurisprudencia judicial

  • SCS Rol Nº 60.760-2021 (2.9.2021) | La Corte Suprema declaró admisible un recurso de protección interpuesto por una Convencional Constituyente de Renovación Nacional en contra de la Convención Constitucional por la dictación de un protocolo sanitario en el contexto de la pandemia por Covid-19, y ordenó a la Corte de Apelaciones de Santiago darle la tramitación correspondiente. La Corte afirmó que el recurso había mencionado hechos que eventualmente pueden constituir la vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución, razón por la que el recurso debió haber sido acogido a tramitación.


  • SCS Rol Nº 94.189-2020 (6.9.2021) | La Corte Suprema confirmó el criterio del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia de que el Decreto Ley Nº 211 es aplicable a todos los sujetos que intervienen directa o indirectamente en uno o más mercados, sea que se trate de personas naturales o jurídicas, de derecho público o de derecho privado, y sin consideración a la actividad específica que desarrollan, salvo excepción expresa contenida en la ley, hipótesis que, en el caso de la Asociación Nacional de Fútbol (ANFP), no concurre. La ANFP había sido acusada de infringir la libre competencia al exigir una cuota de incorporación a los clubes de segunda división para ascender a la Primera División “B”.


  • SCS Rol Nº 112.343-2020 (6.9.2021) | La Corte Suprema acogió un recurso de queja y dejó sin efecto la decisión del Consejo para la Transparencia que ordenó a Gendarmería de Chile la entrega de “el listado con nombres y apellidos de todos los internos que se encuentren cumpliendo condena por delitos de lesa humanidad, tanto en el penal Punta Peuco como en Colina 1 o en cualquier recinto penal, incluyendo aquellos que se encuentren hospitalizados”. La Corte sostuvo que el Decreto Ley N° 645 de 1925, sobre Registro General de Condenas, declara ciertos datos o informaciones secretos y cumple con la exigencia de quórum calificado establecida en el inciso 2º del artículo 8º de la Constitución. Además, consideró que los datos contenidos en el registro son datos sensibles, por lo que su divulgación constituye la causal de reserva consistente en la afectación de los derechos de las personas.


  • SCS Rol Nº 22.029-2021 (6.9.2021) | La Corte Suprema revocó sentencia apelada y acogió recurso de protección deducido por paciente con cáncer contra la Clínica Las Condes por haberse negado, debido a la existencia de deuda impaga, a continuar con ciclo de quimioterapia. La Corte ordenó la remisión de los antecedentes clínicos al Hospital de Concepción para la evaluación de la continuación del procedimiento interrumpido en el entendido que, al ser la institución privada una sociedad anónima, no es posible forzarla a brindar prestaciones a un cliente que se rehusó a pagar el tratamiento. El fallo cuenta con una prevención del Ministro Sr. Muñoz, quien estuvo por ordenar a la institución a realizar el ciclo de quimioterapias.


  • SCS Rol Nº 39.537-2021 (6.9.2021) | La Corte Suprema revocó sentencia apelada y acogió recurso de protección deducido por funcionario al que le fue rechazada la impugnación, en base al artículo 141 del Estatuto Administrativo, de la resolución que le sancionó con la medida de destitución. Al reclamar ante la Contraloría General, ella indicó que el libelo de impugnación debió haberse remitido a la Dirección Nacional del SML y no al funcionario que conocería de la misma. Por su parte, la Corte estimó que el dictamen exigió requisitos no establecidos en la ley y determinó la ilegalidad de la resolución que ordenó aplicar al funcionario la medida de destitución. Asimismo, señaló que ante la existencia de un dilema sobre la concesión, tramitación o decisión de medio de impugnación, debe preferirse la interpretación que mejor convenga a la eficacia del recurso (principio in dubio pro recurso).


  • SCS Rol Nº 16.988-2021 (6.9.2021) | La Corte Suprema rechazó recurso de casación en el fondo deducido en contra de la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó el reclamo de ilegalidad presentado por la empresa Cleverpark SpA en contra de la Municipalidad de Providencia. La Municipalidad había resuelto negativamente la solicitud de la empresa concesionaria de efectuar una reducción en el canon mensual que se debía pagar con ocasión del contrato de concesión, por la imposibilidad de explotar adecuadamente la concesión. La empresa, a su vez, consideró que el acto administrativo fue emitido con infracción al contrato de concesión y las bases administrativas que rigen la licitación, alterando el equilibrio económico del mismo. Sin embargo, la Corte sostuvo que en razón de los fundamentos presentados por la recurrente, la ilegalidad invocada se centró en el cumplimiento de contenido obligacional del contrato, cuestión que dice relación con un conflicto de orden contractual que debe ser dilucidado mediante el ejercicio de la acción ordinaria correspondiente.


  • SCS Rol Nº 17.359-2021 (6.9.2021) | La Corte Suprema, mediante conocimiento de recurso de queja deducida a propósito de la licitación pública denominada “Ampliación Sistema Video Vigilancia diversos sectores, Talcahuano”, anuló de oficio lo obrado en instancia llevada a cabo ante el Tribunal de Contratación Pública (TCP) por haber dictado sentencias contradictorias en procedimientos que no se acumularon inicialmente. El TCP había resuelto que “no existen ofertas válidas que evaluar” en el concurso, sin realizar distinción alguna entre los partícipes de ella, pero, mediante una sentencia posterior, acogió una acción de impugnación intentada por Telefónica Empresas Chile S.A., declarando ilegal y arbitrario el Informe Técnico Municipal que la excluyó de la licitación, señalando que dicha empresa si cumplía con los requisitos del concurso. En este contexto, la Corte sostuvo que la sentencia firme del propio Tribunal de Contratación Pública dejó asentado con efecto de cosa juzgada que ninguna de las ofertas presentadas en la licitación pública era válida y que, por lo tanto, la exclusión de la propuesta intentada por Telefónica Empresas Chile S.A. estaba ajustada a derecho.


  • SCS Rol Nº 36.553-2021 (13.9.2021) | La Corte Suprema rechazó recurso de casación en el fondo deducido contra sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca, que confirmó el fallo de primera instancia, y en el cual el tribunal se declaró absolutamente incompetente para conocer demanda de declaración de mera certeza deducida por el Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región del Maule contra persona que ocupó el cargo de Delegado Provincial, solicitando declaración de la existencia de relación jurídica a contrata. La Corte Suprema, señaló que la competencia que se entrega a los tribunales de justicia tiene por objeto pronunciarse acerca de la legalidad de las actuaciones de la Administración del Estado. Por ello, al no existir en el caso acto administrativo alguno impugnado, los tribunales son incompetentes para conocer del asunto.


  • SCS Rol Nº 129.273-2020 (13.9.2021) | La Corte Suprema revocó sentencia apelada y acogió recurso de protección interpuesto contra la Municipalidad de Laja y “Constructora Manque” por la entrega de terreno para la construcción del “Paseo Costanera Sur Laguna Señoranza” sobre sitio que constituye un humedal urbano. La Corte ordenó la paralización de obras del proyecto hasta la obtención de la decisión definitiva tras el sometimiento del proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental atendida la amenaza al derecho a vivir en un medioambiente libre de contaminación y teniendo presente la importancia de los humedales al ser ecosistemas ricos en diversidad biológica.


  • SCS Rol Nº 30.212-2021 (13.9.2021) | La Corte Suprema acogió un recurso de protección interpuesto por el Colegio de Cirujanos Dentistas de Chile en contra del Ministro del Interior y el Intendente de Valparaíso por la falta de adopción de medidas para garantizar la seguridad de los vecinos de y las personas que trabajan en el SAPU de Quebrada Verde, en Playa Ancha. La Corte dispuso que las recurridas, además de Carabineros de Chile, deberán coordinarse y actuar conjuntamente, a fin de evaluar si las medidas adoptadas hasta la fecha resultan suficientes para la debida protección de los funcionarios y usuarios del aludido centro de salud y, en su caso, determinar si resultan necesarios nuevos protocolos de comunicación y coordinación que cumplan con dicha finalidad, de modo de evitar que situaciones denunciadas se repitan.


  • SCS Rol Nº 11.681-2021 (13.9.2021) | La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en la forma y se rechazó el recurso de casación en el fondo interpuestos por la demandante, que había solicitado la declaración de nulidad de derecho público del acto administrativo por el cual la Municipalidad de Coronel fijó el valor de la patente municipal. La demandante sostuvo que dichos actos se habían emitido fuera de sus competencias y, sin cumplir con el procedimiento prescrito en la ley. La Corte argumentó que cuando existe una acción contenciosa administrativa de nulidad fijada en una ley, se debe aplicar ésta y seguir con el procedimiento allí regulado. Empero, si la ley no contiene ningún procedimiento o acción especial para reprobar el acto administrativo solicitando su anulación, se puede utilizar el procedimiento de juicio ordinario. Por lo tanto, la acción de nulidad por la ilegalidad del acto municipal, debe ejercerse conforme al procedimiento que la ley designa para este tipo de litigios.


  • SCS Rol Nº 112.403-2020 (24.9.2021) | La Corte Suprema confirmó criterio contenido en sentencia que rechazó demanda de nulidad de derecho público en contra de resolución exenta del Ministerio de Bienes Nacionales que dispuso la inscripción de un bien raíz aplicando el procedimiento de regularización del DL Nº 2695. La Corte afirmó que no es correcto extrapolar los efectos de una sentencia previa de la misma Corte a un caso posterior porque la norma originalmente cuestionada ha sido sustancialmente modificada por una ley posterior, que amplió el plazo de prescripción que había sido reprochado por el tribunal.


  • SCS Rol Nº 17.471-2021 (24.9.2021) | La Corte Suprema revocó la sentencia emitida por la Corte de Apelaciones de Talca, que acogió el reclamo interpuesto por la empresa Luzparral S.A., deducido en contra la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, por haber aceptado el reclamo por cuentas excesivas presentada por un cliente de la empresa como también en contra de la resolución que rechazó el recurso de reposición. La Superintendencia se había allanado a las alegaciones de la empresa Luzparral S.A y, en un acto seguido, con la finalidad de enmendar su supuesto error, había dictado una resolución que dejó sin efecto el acto reclamado, ordenando retrotraer el procedimiento a la etapa de análisis de la reposición interpuesta por Luzparral S.A. Según la Corte, esta acción habría dejado sin derecho a ejercer los medios de impugnación que le corresponden al afectado respecto de dicha resolución. Por eso, la Corte Suprema acogió la apelación presentada por el cliente de la empresa, aduciendo que la Superintendencia, al dictar la resolución, cuya juridicidad estaba siendo revisada ante la Corte de Apelaciones de Talca, incurrió en dos vicios manifiestos: (i) La infracción al deber de abstención frente a un asunto litigioso; y (ii) La omisión de audiencia del interesado, trámite exigido por la ley como antecedente necesario del acto invalidatorio, infringiendo lo dispuesto en el inciso final del artículo 54 de la Ley Nº 19.880.


  • SCS Rol Nº 59.585-2020 (27.9.2021) | La Corte Suprema rechazó recurso de casación en el fondo deducido por la Municipalidad de Valparaíso y terceros independientes contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que acogió reclamo de ilegalidad interpuesto por la “Inmobiliaria del Puerto”, a través del cual se cuestionó la legalidad de decreto que dispuso la reanudación del procedimiento de invalidación del permiso de edificación que la habilitó a construir el proyecto habitacional y comercial denominado “Parque Pümpin”. La Corte señaló que el efecto de la omisión de la publicación del permiso de edificación es solamente la inoponibilidad. Sin embargo, el fallo contó con el voto en contra del Ministro Sr. Muñoz y la Ministra Sra. Ravanales, quienes estimaron que en los casos en que un permiso de edificación afecte el interés general de la comunidad, este debe ser publicado en el Diario Oficial, privando al acto toda eficacia jurídica en caso que no se cumpla aquel requisito, puesto que constituye una actuación indispensable para que el acto nazca a la vida jurídica (mismo criterio utilizado en SCS Rol Nº 75.434-2020).


  • SCS Rol Nº 44.150-2020 (27.9.2021) | La Corte Suprema condenó al Fisco a pagar una indemnización de 15 millones de pesos por infringir su deber de información, relacionado con los métodos anticonceptivos necesarios para reducir al mínimo la posibilidad de nuevos embarazos. La Corte sostuvo que en materia reproductiva y de planificación familiar, el derecho y deber de información posee una intensidad superior a la que presenta y es exigible en otras prestaciones médicas. Según la Corte, la falta de servicio consistió en que a la actora no se le informó acerca de la posibilidad de que su cónyuge se sometiera a un procedimiento anticonceptivo masculino complementario, con la finalidad de minimizar la probabilidad de nuevo embarazo, tal como ella lo deseaba.


  • SCS Rol Nº 5.099-2021 (27.9.2021) | La Corte Suprema anuló la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago por la cual se declaró que el 19º Juzgado Civil de Santiago era incompetente para conocer de la demanda de nulidad de derecho público con indemnización de perjuicios interpuesta por la empresa Pronova Technologies S.A., en contra de Claro Servicios Empresariales S.A. y el Fisco de Chile. La Corte de Apelaciones había estimado que las pretensiones de la actora se relacionan con materias que son propias del Tribunal de Contratación Pública. Sin embargo, la Corte Suprema resolvió que el Juzgado Civil era competente, pues el examen de legalidad que realiza el Tribunal de Contratación Pública en el marco de una acción de impugnación es sustancialmente distinto a aquel que ejerce el Juzgado Civil al resolver una acción genérica de nulidad de derecho público. Esto se ve refrendado por el hecho que, conjuntamente con la nulidad de derecho público, se demandó también la indemnización de los perjuicios causados, pretensión que se aleja de aquellas que son de natural conocimiento del Tribunal de Contratación Pública.


Jurisprudencia administrativa

  • Dictamen Nº 137.146 CGR (9.9.2021) | La Contraloría dictaminó que los funcionarios que, por razones sanitarias realizan trabajo remoto desde localidades distintas a las de su destinación, tienen derecho a seguir percibiendo la asignación de zona.

  • Dictamen Nº 137.409 CGR (9.9.2021) | La Contraloría señaló que las reparticiones de Carabineros de Chile deben abrir y mantener sus cuentas corrientes bancarias, relativas a fondos internos, en el Banco del Estado de Chile.

  • Dictamen Nº 139.150 CGR (15.9.2021) | La Contraloría indicó que, en el contexto de la pandemia por el brote de Covid-19, el trabajo remoto desde el domicilio constituye una medida excepcional a la regla general que establece el Estatuto Administrativo en la materia, por lo que no corresponde que aquel se autorice para ser efectuado fuera del país, salvo situaciones de fuerza mayor.

  • Dictamen Nº 142.955 CGR (30.9.2021) | La Contraloría impartió instrucciones sobre las medidas extraordinarias de teletrabajo, gestión interna, sala cuna y jardín infantil, con ocasión del término del estado de excepción constitucional de catástrofe.

  • Dictamen Nº 142.895 CGR (30.9.2021) | La Contraloría representó el Decreto N° 249, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, a través del cual se autorizaba la colaboración de las Fuerzas Armadas con las autoridades civiles y policiales, para apoyar a estas últimas en relación a actividades vinculadas con la prevención del porte, tenencia y tráfico ilícitos de armas de fuego, la criminalidad organizada, el narcotráfico y el terrorismo en las provincias de Biobío y Arauco en la región del Biobío y en las provincias de Cautín y Malleco en la región de La Araucanía.


Jurisprudencia del Tribunal Constitucional

  • STC Rol N° 9.672-2020 (2.9.2021) | El Tribunal Constitucional acogió parcialmente el requerimiento de inaplicabilidad en contra del artículo 5 numeral 3 del Código de Justicia Militar. La norma impugnada refleja una manera defectuosa de definir los deslindes competenciales de la justicia militar en tiempos de paz en relación al procedimiento penal común aplicable en Chile. La estructura orgánica de la justicia militar da cuenta de que el desempeño de la función jurisdiccional no está aislado de la cadena de mando y, asimismo, la evaluación del cometido jurisdiccional no se encuentra desvinculada de la evaluación de desempeño militar, afectando el derecho a ser juzgado por un tribunal independiente e imparcial. Los ministros que estuvieron por rechazar la acción señalan que corresponde a un asunto que no constituye una controversia de orden constitucional.


  • STC Rol N° 9.893-2020 (2.9.2021) | El Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento de inaplicabilidad en contra de los artículos 56 y 65 de la Ley N° 18.695 que contemplan la potestad para dictar ordenanzas municipales. El caso surgió por la impugnación del decreto alcaldicio que dejó sin efecto la Ordenanza Municipal para el Transporte de Pasajeros en Coches Victoria en la Comuna de Viña del Mar. El Tribunal argumentó que la acción de inaplicabilidad no tiene por objeto juzgar las actuaciones administrativas, ya que no es propio de ella determinar si la actuación administrativa se ajusta o no a la ley, lo que es competencia de una acción de lato conocimiento. Al conocer de la acción de inaplicabilidad el Tribunal Constitucional no actúa como tribunal de amparo de los derechos fundamentales. Los ministros que estuvieron por acoger la acción señalan que se evidencia una inconstitucionalidad en la ley administrativa cuando sus fórmulas abiertas dan pábulo para que la autoridad pueda privar a las personas de su medio de subsistencia. Finalmente, se señala que especular que los interesados no tendrían ningún derecho de propiedad sobre la normativa vigente, configura un predicado insostenible en el derecho público chileno.


  • STC Rol N° 9.907-2020 (2.9.2021) | El Tribunal Constitucional acogió el requerimiento de inaplicabilidad en contra de los artículos 5 y 10 inciso segundo de la Ley Nº 20.285 y el artículo 31 bis de la Ley Nº 19.300. La gestión pendiente se refería a la solicitud de acceso a la información relativa a empresas dedicadas a la salmonicultura en posesión de Sernapesca. El Tribunal sostuvo que la enumeración del inciso segundo del artículo 8 de la Constitución es de carácter taxativo, compatibilizando el principio de publicidad y de legalidad. De acuerdo a la sentencia, las disposiciones impugnadas amplían inconstitucionalmente lo que debe entregarse como producto del acceso a la información. La potencial divulgación de la información solicitada pone a los particulares en una posición de desventaja frente a sus competidores afectando la libertad para desarrollar actividades económicas y el derecho de propiedad. Los ministros que estuvieron por rechazar la acción sostuvieron que la controversia jurídica radica en la impugnación a la discrecionalidad del Consejo para la Transparencia como instancia de reclamo, inherente a la competencia de la justicia ordinaria a través de los recursos procesales correspondientes.


  • STC Rol N° 11.690-2021 (23.9.2021) | El Tribunal Constitucional declaró que los artículos 1, 2 y 3 del Proyecto de ley que modifica la Ley Nº 18.700, para privilegiar la cercanía al domicilio del elector en la asignación del local de votación, son conformes con la Constitución. Sin embargo, también declaró que es inconstitucional la frase “a menos que ella tenga un número inferior a nueve electores habilitados para sufragar” contenida en el artículo 2 N° 9 del Proyecto, debido a que no existe fundamento constitucional que lleve a pensar que, pudiendo abrirse una circunscripción electoral, ésta se cierre por la poca existencia de electores. La norma propuesta resulta regresiva, contraria al principio pro homine, afectando el derecho fundamental de sufragio consagrado en el artículo 13 de la Constitución y en tratados internacionales vigentes y suscritos por Chile. Los ministros que concurren al voto de disidencia negaron el carácter de orgánico constitucional de la frase del artículo 2 N° 9, debido a que la regla otorga una facultad al SERVEL que se aviene a las atribuciones que confiere el artículo 94 bis de la Constitución a dicho órgano. La nueva norma jurídica no dice relación con el artículo 18 de la Carta Fundamental, sino con el artículo 13. El perfeccionamiento normativo del sistema electoral se materializa a través de ley simple, y luego a través de determinaciones administrativas del SERVEL. La dirección de una elección popular requiere de la adopción de decisiones materiales muchas de las cuales ingresan en la esfera natural de la administración del pertinente proceso electoral.


  • STC Rol N° 10.581-2021 (29.9.2021) | El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad en contra del artículo 127 inciso final de la Ley Nº 10.336, que limita las excepciones que pueden oponerse contra sentencias definitivas de los juicios de cuentas instruidos por la Contraloría General de la República que adquieren mérito ejecutivo. Según el Tribunal, esta norma impide a las personas cuestionar elementos esenciales de la ejecución en su contra tales como la excepción de incompetencia, infringiendo el debido proceso. Asimismo, establecer una diferenciación en los mecanismos de defensa generales otorgados a la parte ejecutada en juicio sin fundamento razonable infringe la garantía de igualdad ante la ley. Los ministros que estuvieron por rechazar la acción indican que en el ordenamiento jurídico existe una diversidad de procedimientos ejecutivos de naturaleza diversa basados en criterios objetivos que tienen relación con la naturaleza de la deuda que se cobra el título ejecutivo invocado, descartando la vulneración de las garantías constitucionales invocadas.

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Convocatorias

  • Premio ADAD. Se invita a los egresados y egresadas, en los años 2020 y 2021, de las Facultades y Escuelas de Derecho del país a la primera versión del Premio ADAD. El Premio ADAD tiene por objeto reconocer el aporte que una tesis, memoria, tesina, seminario de tesis o investigación de pregrado y postgrado signifique para el desarrollo del Derecho Administrativo en Chile (hasta 31 de diciembre de 2021).





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