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Boletín ADAD | Diciembre 2021

El boletín mensual de la Asociación de Derecho Administrativo de Chile (ADAD) tiene por objeto difundir las novedades más relevantes del Derecho Administrativo chileno consistentes en sentencias, dictámenes, libros o artículos recientes, eventos y convocatorias.


Este número contiene una recopilación de normativa y jurisprudencia emitida durante el mes de noviembre, como también de comentarios y publicaciones correspondientes al mismo periodo.


El presente número fue confeccionado por Vicente Bustos Sánchez, Juan Ignacio Johnson Narváez, Catalina Rojas Quidequeo, Javiera Rodríguez Alegría, Joaquín Schäfer Rodríguez y Lucas Vera Celis.


Puede enviarnos novedades para ser difundidas a través de nuestro boletín y redes sociales al correo electrónico directivaadad@gmail.com.


Normativa destacada


  • Ley N° 21.387 (publicada el 6 de noviembre), que modifica la Ley Orgánica de la Polla Chilena de Beneficencia, actualizando la distribución de su fondo de beneficiarios e incorporando a la Junta Nacional de Botes Salvavidas de Chile.


  • Ley N° 21.389 (publicada el 18 de noviembre), que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, y modifica distintos cuerpos legales para perfeccionar el sistema de pago de pensiones de alimentos.


  • Ley 21.391 (publicada el 24 de noviembre), que establece modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo para cuidado de niños o niñas y personas con discapacidad, en los casos que indica.


  • Ley 21.394 (publicada el 30 de noviembre), que introduce reformas al sistema de justicia para enfrentar la situación luego del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública.


  • Decreto N° 1423, del Ministerio de Hacienda (publicado el 3 de noviembre), que autoriza contratación de crédito externo con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) hasta por $100.000.000 USD.


  • Decreto N° 41, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo (publicado el 2 de noviembre), que aprueba el reglamento sobre notificación de una operación de concentración, y deroga decreto supremo que indica.


  • Decreto N° 28, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio (publicado el 4 de noviembre), que modifica decreto supremo N° 252 de 2000 del mismo Ministerio, que establece el día del patrimonio cultural de Chile.


  • Decreto N° 33, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social (publicado el 8 de noviembre), que establece medidas especiales para la aplicación del proceso de evaluación de magnitud de la siniestralidad efectiva correspondiente al año 2021. Modifica el Decreto Supremo N° 67 de 1999 del mismo Ministerio.


  • Decreto N° 215, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública (publicado el 9 de noviembre), que dispone envío de ayuda específica que se indica a la República de Haití para apoyo en la atención derivada de la catástrofe que se indica.


  • Decreto N° 281, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública (publicado el 11 de noviembre), que prorroga el estado de excepción constitucional de emergencia por el período que indica.


  • Decreto N° 24, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social (publicado el 12 de noviembre), que establece el Reglamento del artículo 70 ter del DL N° 3500, incorporado por la ley N° 21.309, sobre los Consejos Médico y de Apelaciones.


  • Decreto N° 47, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social (publicado el 16 de noviembre), que modifica decreto supremo N° 47, de 16 de septiembre de 2016, Política Nacional de Seguridad y Salud en el trabajo, del mismo Ministerio.


  • Decreto N° 62 exento, del Ministerio de Salud (publicado el 16 de noviembre), que modifica decreto N° 945 exento de 2014 del mismo Ministerio, que aprueba norma técnica N° 170 sobre Registro Sanitario de Productos Biotecnológicos derivados de técnicas ADN recombinantes.


  • Decreto N° 20, del Ministerio de Medioambiente (publicado el 17 de noviembre), que declara Santuario de la Naturaleza Laguna de Batuco.


  • Decreto N° 27, del Ministerio de Medioambiente (publicado el 17 de noviembre), que declara Santuario de la Naturaleza Humedal La Boca.


  • Decreto N° 17, del Ministerio de Agricultura (publicado el 19 de noviembre), que modifica decreto N° 152 de 1994, del mismo Ministerio, que regula el reglamento de organización y funcionamiento del Instituto de Desarrollo Agropecuario, Indap.


  • Decreto N° 1889, del Ministerio de Hacienda (publicado el 20 de noviembre), que autoriza emisión de valores representativos de deuda pública directa para su colocación en el mercado de capitales que indica.


  • Decreto N° 9, del Ministerio de Relaciones Exteriores (publicado el 24 de noviembre), que promulga la Revisión Sustantiva N° 3 del Acuerdo con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo sobre el proyecto: “Programa de fomento de capacidades en desarrollo bajo en emisiones en Chile”.


  • Decreto N° 63, del Ministerio de Relaciones Exteriores (publicado el 24 de noviembre), que establece la entrada en vigor con los Estados Unidos Mexicanos de la decisión N° 4 de la Comisión de Libre Comercio del Protocolo Adicional al Acuerdo de la Alianza del Pacífico, sobre procedimiento general para la emisión y recepción de certificados de origen emitidos y firmados electrónicamente en el marco de la interoperabilidad de las ventanillas únicas de comercio exterior de la Alianza del Pacífico.


  • Decreto N° 124, del Ministerio de Relaciones Exteriores (publicado el 24 de noviembre), que promulga convenio con la República Argentina de reconocimiento de títulos y certificados de estudios de educación primaria/básica, secundaria/media y superior-exceptuados los universitarios- y sus anexos.


  • Decreto N° 127, del Ministerio de Relaciones Exteriores (publicado el 24 de noviembre), que promulga el acuerdo con el Programa de Naciones Unidas para el desarrollo sobre el proyecto: implementación de una estrategia de gestión integrada de residuos sólidos domiciliarios en la provincia de Chiloé.


  • Decreto N° 40, del Ministerio de Salud (publicado el 25 de noviembre) que modifica decreto supremo N° 405 del mismo Ministerio, reglamento de productos psicotrópicos.


  • Decreto N° 293, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública (publicado el 29 de noviembre), que prorroga el estado de excepción constitucional de emergencia por el período que indica.


  • Decreto N° 26, del Ministerio de Transporte (publicada el 29 de noviembre), que modifica el reglamento del Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares.


  • Decreto N° 12, del Ministerio de Desarrollo Social y Familia (publicado el 29 de noviembre), que aprueba el reglamento sobre procedimiento para la asignación de cupos en proyectos de programas de protección especializada del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia.


  • Decreto N° 110, del Ministerio de Relaciones Exteriores (publicado el 30 de noviembre), que promulga el Acuerdo de Asociación de Economía Digital entre la República de Chile, Nueva Zelanda y República de Singapur.


  • Decreto N° 1872, del Ministerio de Hacienda (publicado el 30 de noviembre), que modifica decreto supremo N° 1492 de 26 de septiembre de 2014 del mismo Ministerio, que reglamenta la coordinación y funcionamiento de las actividades de asesoría, apoyo a la gestión y fiscalización de los activos y pasivos financieros del Tesoro Público, en especial del Fondo de Estabilización Económica y Social, y del Fondo de Reserva de Pensiones, denominados conjuntamente Fondos Soberanos.


  • Decreto N° 295, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública (publicado el 30 de noviembre), que dispone el cierre temporal de lugares habilitados para el tránsito de personas, por emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV) y deja sin efecto decreto que indica.


Jurisprudencia judicial


  • SCS Rol Nº 58.091-2021 (2.11.2021) | La Corte Suprema acogió una acción de protección deducida en contra de una orden de clausura emitida por la Municipalidad de Pitrufquén, por haber ejercido la actividad comercial del rubro explotación de áridos sin posesión de patente municipal. La Corte dejó sin efecto la orden de clausura dado que la resolución se dictó dentro del marco de un procedimiento que no cumplió con las normas que regulan el debido proceso previo, particularmente aquellas que garantizan derecho de ser oído estando aún vigente el plazo para formular los descargos.


  • SCS Rol Nº 56.064-2021 (2.11.2021) | La Corte Suprema acogió una acción de protección interpuesta en contra del Consejo de Defensa del Estado, ordenando dejar sin efecto los actos que rebajaban la remuneración de la recurrente en tres y luego dos grados, estableciendo que debe mantenerse tanto el grado como la remuneración en la forma dispuesta antes de la dictación de las resoluciones impugnadas. La Corte estimó que el acto de la Administración es ilegal y arbitrario por cuanto no se acredita un cambio en la capacidad, calificación o idoneidad laboral de la funcionaria. El deber de motivación no debe ser meramente formal o formulario, sino que las razones esgrimidas por la autoridad deben tener sustento en la realidad, es decir, en los antecedentes fácticos del caso en concreto.


  • SCS Rol Nº 112.480-2020 (3.11.2021) | La Corte Suprema acogió una acción de nulidad de derecho público en contra de una autorización de acuicultura otorgada por la Subsecretaría de Pesca. De acuerdo a la Corte, esta autorización tendría un vicio en sus motivos, pues se fundaba en un oficio de la Dirección de Vialidad dictado fuera de su competencia. La Corte sostuvo que la constatación de la ilegalidad de uno de los actos administrativos, que sirve como motivo a otro, extiende sus efectos a esta segunda manifestación de voluntad, provocando que esta última se vea privada de una motivación que, para este caso, resultó esencial en la emisión del acto.


  • SCS Rol Nº 22.270-2021 (3.11.2021) | La Corte Suprema acogió un recurso de reclamación interpuesto por Socofar S.A. en contra de una resolución dictada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia que no admitió a tramitación la consulta relativa a esclarecer si el trato diferenciado, otorgado por los laboratorios farmacéuticos en la determinación del precio de sus productos, se encontraba o no conforme con la libre competencia. La Corte consideró que la potestad consultiva no debía ser utilizada para que el TDLC impusiera condiciones que regulen de manera abstracta un mercado en general ni tampoco que esta potestad fuese usada para imponer medidas propias de un procedimiento contencioso. La consulta pretendía un pronunciamiento judicial de calificación de la posible disconformidad entre ciertos hechos singulares y la libre competencia, apreciada en un mercado relevante concreto, y no la imposición de una instrucción general ni una potestad sancionadora, por lo que la consulta planteada quedó acogida a tramitación.


  • SCS Rol Nº 25.529-2021 (3.11.2021) | La Corte Suprema acogió una acción de protección interpuesta por el alcalde de Iquique en contra del Presidente de la República y varios Ministros de Estado por la ausencia de medidas eficaces y eficientes de control fronterizo en la zona norte del país y de atención adecuada e integral de los migrantes que ingresan al territorio nacional. La Corte consideró que la actuación de los recurridos era arbitraria e impedía gozar de la integridad física y psíquica, y ordenó a las autoridades recurridas a, en un breve plazo y previa coordinación con la Municipalidad de Iquique, implementar un plan de medidas que procure la protección eficiente e integral de las personas o grupos sociales que han visto amagados sus derechos, con miras a enfrentar de modo adecuado la crisis humanitaria y migratoria en actual desarrollo, procurando, asimismo, cautelar en todo momento los derechos de los migrantes que ingresan al territorio nacional por los pasos fronterizos de la zona afectada.


  • SCS Rol Nº 122.098-2020 (8.11.2021) | La Corte Suprema rechazó un recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de una sentencia que condenó al Fisco a pagar una indemnización de perjuicios por falta de servicio en favor de la familia de un sargento de Carabineros que falleció en acto de servicio mientras participaba en un procedimiento policial. Respecto a la cuestión de si las indemnizaciones consagradas en una ley especial cubren el daño moral causado a los familiares del funcionario producto de la culpa del servicio, la Corte afirmó que no puede el demandado, a fin de eximirse del pago de las indemnizaciones que se generan a partir de la falta de servicio en que ha incurrido, alegar que los demandantes han recibido las prestaciones establecidas en la Ley N° 18.961, toda vez que ellas van destinadas a cubrir un daño distinto y no pueden servir para eludir el hecho que, en este caso, la muerte del funcionario se ha producido con culpa de la institución. De lo contrario, se dejaría sin sanción alguna el disvalor adicional que se observa en la conducta de la institución.


  • SCS Rol Nº 32.972-2021 (8.11.2021) | La Corte Suprema acogió una acción de protección deducida en contra de de Carabineros de Chile, ordenando disponer la reincorporación inmediata de la recurrente a la institución junto con el pago de las remuneraciones desde la fecha de la separación ilegal de sus funciones hasta su reincorporación, dado que la resolución que había ordenado el retiro temporal de la actora se había pronunciado mientras esta se encontraba gozando de fuero maternal. De acuerdo a la Corte, la recurrida infringió la garantía constitucional de la igualdad ante la ley, desconociendo las normas perentorias sobre protección de la maternidad, así como el deber del Estado de brindar una protección universal a todas las trabajadoras que prestan servicios bajo subordinación o dependencia, sea este de carácter público o privado, dando a la recurrente un trato diferenciado en relación con aquellas funcionarias embarazadas que resultan ser beneficiadas con el amparo del fuero maternal que la ley establece en su favor.


  • SCS Rol Nº 41.320-2021 (9.11.2021) | La Corte Suprema revocó sentencia apelada y acogió una acción de protección, ordenando a que el Servicio Electoral adopte las medidas necesarias que permitan ejercer el derecho a voto a personas privadas de libertad que conservan su derecho a sufragio, y a que Gendarmería de Chile tome las respectivas medidas administrativas y de coordinación. La Corte estimó que se debe velar por el oportuno y adecuado ejercicio del derecho a sufragio, pues de lo contrario se vulneraría tanto la normativa interna como aquella derivada de los tratados internacionales suscritos por Chile.


  • SCS Rol Nº 125.657-2020 (12.11.2021) | La Corte Suprema acogió recurso de reclamación deducido en contra de una resolución del Tribunal de la Libre Competencia y dispuso que la consulta planteada por los consultantes quedaría acogida a tramitación a fin de que este último Tribunal resuelva si se verifica, o no, un riesgo actual o potencial de conductas anticompetitivas en el mercado relevante propuesto en relación a la compatibilidad o incompatibilidad con las normas de defensa de la libre competencia descritas en normas técnicas en sector eléctrico. La Corte estimó que las normas técnicas no califican como reglamento ya que de su sola estructura y fines se advierte que carecen de la generalidad y abstracción necesaria para ser estimadas como normas jurídicas de tal carácter. Bajo ese razonamiento, siendo estas normas un acto jurídico que reglamenta aspectos particulares del mercado eléctrico, es dable concluir que pueden ser sometidas a procedimientos de consulta.


  • SCS Rol Nº 45.155-2021 (22.11.2021) | La Corte Suprema revocó una sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que declaró admisible un recurso de reposición, y en su lugar, actuando de oficio, declaró inadmisible el recurso. La Corte concluyó que, de acuerdo con lo que dispone el artículo 113 del DFL N° 1 de 2006 del Ministerio de Salud, no toda resolución de la Superintendencia de Salud puede ser objeto de revisión en sede jurisdiccional sino solamente aquellos actos terminales de un procedimiento administrativo, ya que, por regla general, son estos actos los que tienen la aptitud para generar perjuicio al interesado. En este sentido, una resolución que rechaza la solicitud de abstención de un funcionario público en el contexto de un procedimiento administrativo inconcluso no es susceptible de ser reclamada judicialmente si no se resuelve en definitiva el procedimiento, momento en el cual únicamente se producirá el perjuicio.


  • SCS Rol Nº 133.870-2020 (29.11.2021) | La Corte Suprema acogió una acción de protección deducida en contra el administrador de un edificio, dado que este procedió a cortar el suministro de energía eléctrica del departamento que ocupa el actor, por la deuda de gastos comunes que actualmente mantiene. La Corte ordenó a la parte recurrida cesar y abstenerse en lo sucesivo de cortar el suministro eléctrico del actor, atendida su condición de paciente electro dependiente. Lo anterior se sustenta en la sentencia del Tribunal Constitucional Rol N° 9747-20, que declaró la inconstitucionalidad del artículo 5° de la Ley N° 19.537, norma que autoriza al administrador, previo acuerdo del Comité de Administración, a disponer el corte de suministro eléctrico a propietarios se encuentren morosos en el pago de gastos comunes y, en efecto, haciéndose aplicable al caso del recurrente lo dispuesto en la Ley N° 21.304, que se refiere expresamente a la situación que afecta a los pacientes electro dependientes.


  • SCS Rol Nº 60.526-2021 (30.11.2021) | La Corte Suprema revocó una sentencia dictada en juicio arbitral, y acogió una acción de protección en contra de la Superintendencia de Salud, disponiendo que se otorgue cobertura a un tratamiento médico. La Corte señaló que, por una parte, la Superintendencia de Salud, actuando como juez arbitrador, ejerce una función administrativa y no jurisdiccional, y en cuanto órgano administrativo, no goza de la imparcialidad ni de la independencia necesarias que garanticen una verdadera resolución de conflicto. A su vez, estimó que excluir de un tratamiento médico a un particular constituye una violación al artículo 19 N° 2 de la Constitución si el mismo tratamiento en distinta modalidad es brindado a otros pacientes, accediendo a su cobertura.


  • SCS Rol Nº 75.644-2021 (30.11.2021) | La Corte Suprema acogió una acción de protección deducida por un arrendatario en contra la Municipalidad de Coronel, que ordenó la clausura del establecimiento arrendado por la existencia de patentes municipales impagas por parte del arrendador. La Corte señaló que las sanciones consisten en figuras personalísimas, por lo que no pueden imponerse a una persona distinta a la infractora de la normativa, tal como ocurre en el presente caso.


Jurisprudencia administrativa

  • Dictamen Nº 152.163 CGR (2.11.2021) | La Contraloría se abstuvo de emitir pronunciamiento ante requerimiento relativo a la procedencia de disponer de la retribución del convencional Rodrigo Rojas Vade.

  • Dictamen Nº 157.665 CGR (19.11.2021) | La Contraloría dictaminó que los proyectos que afecten humedales, de la forma establecida en la letra s) del artículo 10 de la Ley N° 19.300, deben someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental, aun cuando no haya mediado declaración de humedal urbano, reconsiderando parcialmente su anterior criterio contenido en el dictamen Nº 129.413, de 2021.


  • Dictamen Nº 157.656 CGR (19.11.2021) | La Contraloría indicó que el procedimiento utilizado por la Superintendencia de Pensiones y la Comisión para el Mercado Financiero al ejercer la facultad conjunta de establecer las bases técnicas y las tablas de mortalidad y expectativas de vida que se utilizan en el cálculo de las jubilaciones que concede el sistema de pensiones regulado por el Decreto Ley N° 3.500, de 1980, se ajusta a derecho.


  • Dictamen Nº 157.651 CGR (19.11.2021) | La Contraloría dictaminó que no procede que municipio pague los beneficios a funcionaria que cumple pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público, ni tampoco que entere las cotizaciones previsionales y de salud respectivas.


  • Dictamen Nº 159.360 CGR (25.11.2021) | La Contraloría señaló que no corresponde que el Servicio Médico Legal entregue copia de los protocolos de autopsias médico legales de personas fallecidas en un determinado período al Instituto Nacional de Derechos Humanos.

  • Dictamen Nº 160.316 CGR (29.11.21) | La Contraloría dictaminó que las corporaciones municipales se encuentran sujetas a las regulaciones establecidas en las leyes Nºs. 19.880, 19.886, 20.285, 20.730 y 20.880.

  • Dictamen Nº 160.318 CGR (29.11.21) | La Contraloría indicó que el marco normativo vigente no contempla una autorización para que las municipalidades puedan vender gas.

Jurisprudencia del Tribunal Constitucional


  • STC Rol Nº 9854-2020 (17.11.2021) | El Tribunal Constitucional rechazó una acción de inaplicabilidad en contra del artículo único número 3° de la Ley N° 18.320, que establece normas que incentivan el cumplimiento tributario. El Tribunal afirmó que el debido proceso del requirente se encuentra asegurado ante la posibilidad que dispuso para ejercer los recursos ordinarios correspondientes ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros y los Tribunales Superiores. Los ministros que estuvieron por acoger la acción señalaron que no resulta conforme al justo y racional procedimiento que sea el mismo órgano que fiscaliza el que realice imputaciones que generan consecuencias tributarias adversas para el contribuyente sin que éste tenga la posibilidad de desvirtuarlas respetando el debido proceso.


  • STC Rol N° 10555-2021 (18.11.2021) | El Tribunal Constitucional acogió una acción de inaplicabilidad en contra de los artículos 5 inciso segundo, 10 inciso segundo y 11 letras b) y c) de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública. El Tribunal afirmó que la información que empresas privadas entreguen al Estado no puede obtenerse por el derecho de acceso a la información. Asimismo, señala que el legislador no puede establecer un marco regulatorio diverso o paralelo al dispuesto por la Constitución respecto de aquello que ha sido establecido como público por el constituyente. Los ministros que estuvieron por rechazar la acción sostuvieron que el principio de publicidad consagrado en el artículo 8 de la Constitución es un mínimo a partir del cual se admite desarrollo legal. A su vez, el conflicto planteado por la requirente es de mera legalidad, debiendo resolverse por el juez de fondo.


  • STC Rol Nº 10515-2021 (18.11.2021) | El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 129 bis 5, 129 bis 6 y 129 bis 9 del Código de Aguas. La actora indicaba que es titular de dos derechos de aprovechamiento de uso consuntivo y ejercicio permanente y continuo sobre aguas superficiales y corrientes del río Maipo, y estimaba que las normas cuestionadas vulneran distintos derechos garantizados en la Constitución. El conflicto constitucional consistió en dilucidar si la aplicación de estas normas afecta el derecho a no ser gravado con el pago de un tributo manifiestamente injusto. A juicio del Tribunal, existe un tributo (la patente por no uso de derechos de aprovechamiento de agua), cuya aplicación al caso concreto es manifiestamente injusto. En este sentido, sostuvo que la infracción se origina en el artículo 19 Nº 20 inciso segundo y en el artículo 1º inciso cuarto de la Constitución, este último en relación al principio de servicialidad del Estado. Los ministros que estuvieron por rechazar la acción señalaron que el principio de servicialidad ofrece manifiestas diferencias respecto de sus consecuencias jurídicas; que el estatuto constitucional de las aguas exige su conservación racional, a la luz de su función social y, por último, que el pago de la patente no es una carga insostenible ni injusta, sino que proporcional.


  • STC Rol N° 12300-2021 (25.11.2021) | El Tribunal Constitucional declaró que las disposiciones contenidas en el proyecto de ley que reforma el sistema de justicia para enfrentar la situación luego del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, son conformes a la Constitución Política. En votos disidentes, algunos ministros consideraron que la realización de juicios telemáticos, con prescindencia de la opinión del imputado, es incompatible con la racionalidad y justicia procedimental exigida por el artículo 19 Nº 3 de la Constitución. Con todo, la mayor parte de los votos disidentes versaron sobre la calificación, o no, de orgánica constitucional a determinados artículos del Proyecto. En atención a las prevenciones, los Ministros recordaron la importancia de los principios que son reconocidos en el ordenamiento jurídico en el marco del proceso penal, por lo que estiman necesario establecer ciertas cuestiones interpretativas que deben guiar el ejercicio hermenéutico de las disposiciones controladas.


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Convocatorias


  • Premio ADAD. Se invita a los egresados y egresadas, en los años 2020 y 2021, de las Facultades y Escuelas de Derecho del país a la primera versión del Premio ADAD. El Premio ADAD tiene por objeto reconocer el aporte que una tesis, memoria, tesina, seminario de tesis o investigación de pregrado y postgrado signifique para el desarrollo del Derecho Administrativo en Chile (hasta 31 de diciembre de 2021).



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